Misión.


La Sociedad Uruguayo-Argentina de Psicología Analítica fomenta el desarrollo de la personalidad total, poniendo énfasis en la emergencia de una conciencia de alteridad, abarcativa y flexible en la relación con uno mismo y con el otro. Para ello promueve el autoconocimiento del ser humano, buscando integrar los aspectos conscientes e inconscientes, en un proceso creativo que abarca la búsqueda de sentido dentro del marco de una nueva ética humanística.

Basamos nuestro trabajo en la concepción junguiana de la psique como una fuerza viviente, autónoma y creativa que se manifiesta  de diversas maneras en los sueños, la imaginación, los símbolos, las relaciones y las sincronicidades. Creemos que la esencia del análisis junguiano es escuchar cuidadosamente estas manifestaciones.

Permanecemos abiertos a los nuevos aportes provenientes de las ciencias humanas y sociales, de la neurociencia, y de las diversas manifestaciones del arte y la cultura.

En la misión de esta Sociedad se jerarquiza las tareas de formación de analistas. Además, se ofrecen aportes a otros profesionales y público en general interesados en el conocimiento de la Psicología Analítica.


Estatutos.

Los estatutos de nuestra sociedad, aprobados por la Asamblea General de Miembros en 2015, regulan las responsabilidades y derechos de los miembros y declaran nuestra misión. Allí también se indacan todos los procedimientos administrativos, las competencias de cada órgano, los procesos electorales y los mecanismos para su reforma y actualización.

Es deber de todos los miembros y candidatos el conocer los contenidos del documento y velar por su cumplimiento en todo momento.

Los estatutos de la SUAPA fueron presentados ante la IAAP y aprobados en el proceso de admisión y reconocimiento de nuestra sociedad.

VER ESTATUTOS

Comité Ejecutivo.


Competencia y responsabilidad del Comité Ejecutivo (Art. VI):

a) Funcionar como órgano de gobierno de la SUAPA.

b) Controlar y conducir las actividades de la SUAPA, y establecer normas y reglamentaciones que no sean contrarios a la ley, a los procedimientos para la afiliación de miembros o a estos estatutos.

c) Actuar como un órgano que dirige los diferentes aspectos de la formación de analistas en la Sociedad.

d) Seleccionar y cesar a todos los empleados de la Sociedad, asignarles tareas y derechos que se encuentren dentro de lo que estipula este estatuto, establecer salarios y proporcionarles la seguridad necesaria para el cumplimiento de su tarea.

e) Recibir y evaluar las solicitudes relacionadas con acciones o decisiones de cualquiera de las comisiones de trabajo o autoridades de la Sociedad, excepto aquellos asuntos que tengan que ver con cuestiones éticas las cuales serán derivadas al Comité de Ética.

f) Las solicitudes serán elevadas por escrito al Comité Ejecutivo. Si alguno de los implicados es un miembro del Comité Ejecutivo, ese miembro no podrá intervenir en la discusión y en la toma de decisiones. Cualquier miembro que no este de acuerdo con lo que el Comité Ejecutivo determine tendrá el derecho de presentar una apelación en la Asamblea correspondiente.

g) El Comité Ejecutivo puede recomendar la modificación, complementación y/o la sustitución de cualquier artículo de este estatuto. Se requiere un quórum de 3/5 del total con voto afirmativo para aprobar cualquier modificación estatutaria. La decisión será elevada a la Asamblea para su aprobación final.

Gabriel Campi
Presidente

Karin Fleischer
Presidente Electo

Federico Benchín
Director de Formación

Viviana Szmirewicz
Secretario

Cristina González Casal
Director de Admisiones

Fabián Flaiszman
Director Comité de Ética

Daniel Dabrieux
Tesorero

Ana Deligiannis
Director de Formación

Pia Ciasullo
Secretario

Pilar Amézaga
Director de Admisiones

Mario Saiz
Director Comité de Ética

Bárbara Arlía
Tesorero